The City Council (the “City Council”) of the City of
Lancaster (the “City”), on November 13, 2007 adopted
Resolution No. 07-193, submitting two ballot measures
to the voters at the general municipal election to be held
on April 8, 2008. The ballot measures ask whether the
City should adopt an ordinance consolidating the City’s
general municipal election, now held in April of even
numbered years, with the countywide school district
elections held in November of odd numbered years.
Measure A would authorize such consolidation beginning
with the election held in November 2009. Measure B
would authorize such consolidation beginning with the
election held in November 2011.
The General municipal election is currently held in April of
even numbered years. State law allows the City to adopt
an ordinance with the approval of the County Board of
Supervisors to consolidate the general municipal election
with the statewide primary election, the statewide
general election or school district elections. The Los
Angeles County Board of Supervisors will only approve
an ordinance providing for the consolidation of general
municipal elections with school district elections. State
law also provides that upon consolidation, the term of
incumbent councilmembers may not be extended or
lessened by more than 12 months. In order to comply
with this section, the terms of each of the incumbents
would be shortened by five months.
In order for the Measure to be approved, a majority of
the votes cast must be in favor of the Measure. If both
measures receive a majority vote, then the measure with
the most votes will prevail. If neither measure receives a
yes vote by a majority of those voting, then the general
municipal election will continue to be held in April of even numbered years.
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El Concejo Municipal (el “Concejo Municipal”) de la Ciudad
de Lancaster (la “Ciudad”), el Novembre 13 de 2007 adoptó
la Resolución No. 07- 193, que presenta las dos medidas
en la boleta electoral a consideración de los electores en
la elección municipal general a efectuarse el 8 de abril de
2008. En las medidas de la boleta se hace la consulta
de que si la Ciudad debería adoptar una ordenanza que
consolide la elección municipal general, que actualmente
se efectúa en abril de los años pares, con las elecciones
de los distritos escolares de todo el condado que se
efectúan en noviembre de los años impares. La Medida
A autorizaría dicha consolidación a partir de la elección a
efectuarse en noviembre de 2009. La Medida B autorizaría
dicha consolidación a partir de la elección a efectuarse en
noviembre de 2011.
La elección municipal general se efectúa actualmente
en abril de los años pares. La ley estatal permite que la
Ciudad adopte una ordenanza con la aprobación de la
Junta de Supervisores del Condado para consolidar la
elección municipal general con la elección preliminar, y
con la elección general a nivel estatal o con las elecciones
de los distritos escolares. La Junta de Supervisores del
Condado de Los Angeles sólo aprobará una ordenanza
que se encargue de la consolidación de las elecciones
municipales generales con las elecciones de los distritos
escolares. La ley estatal también dispone que al lograrse
la consolidación, el periodo de gestión de los concejales
titulares no pueden ser extendidos o reducidos por más de
12 meses. Con el fin de dar cumplimiento a la presente
sección, los periodos de gestión de cada uno de los titulares
se reducirían por cinco meses.
Para que la Medida sea aprobada, una mayoría de los votos
emitidos deben ser a favor de la Medida. Si ambas medidas
reciben una votación mayoritaria, entonces la medida que
reciba más votos triunfará. Si ninguna de las medidas recibe
un voto de sí por parte de una mayoría de los electores que
voten, entonces la elección municipal general continuará
efectuándose en abril de los años pares.
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